LEY
1562 DEL 11 DE JULIO DEL 2012
JAZEN ALBERTO SUAREZ ANAYA
Prof.
NATIVIDAD
ESCOBAR
UNIVERSIDA
DE LA GUAJIRA EXTENSION FONSECA
PREVENCION
Y CONTROL DE RIESGOS
SEGURIDAD
Y SALUD LABORAL
VIII
SEMESTRE
FONSECA
LA GUAJIRA
2013
LEY 1562 DEL 11 DE JULIO DE 2012
La Ley 1562 de 2012, que
amplía y moderniza el Sistema de Riesgos Laborales. La norma precisa que será
obligatoria la afiliación al Sistema de los trabajadores independientes que
tengan un contrato formal de prestación de servicios superior a un mes, así
como de aquellos trabajadores independientes que laboren en actividades de alto
riesgo, en este caso el pago de sus aportes también será por cuenta del
empleador, tal y como ocurre con los trabajadores dependientes.
También deberán afiliarse
los estudiantes en práctica que ejecuten labores que signifiquen fuente de
ingreso para la institución, o que tengan que realizar un entrenamiento como
requisito para culminar sus estudios que implique un riesgo ocupacional.
Igualmente otorga la
responsabilidad a las Cooperativas y Precooperativas de trabajo asociado de la
afiliación y pago de aportes de sus trabajadores. Por último, establece que se
tendrán que afiliar los miembros activos voluntarios de la Cruz Roja, los
Bomberos y la Defensa Civil.
Esta ley que empezó a regir
desde el año pasado es muy importante que todas las personas que dependemos de
un trabajo las conozcamos, ya que por medio de esta se nos facilita saber
cuáles son los derechos y deberes que por ley se nos exige.
Otra de las modificaciones
importantes, es la facultad otorgada al Ministerio del Trabajo para
inspeccionar a las Juntas de Calificación de Invalidez, que en adelante estarán
adscritas a esta cartera. Finalmente, el incumplimiento de los programas de salud
ocupacional acarreará multas para el empleador de hasta 500 salarios mínimos
mensuales. Que el ministerio haya reforzado la vigilancia en los puestos de
trabajos es muy importante, ya que por medio de esta se le obliga al trabajador
que reporte todos los accidentes que se
generen mientras realizan su labor.
Esta nueva Ley recoge las
principales conclusiones de los análisis surgidos en los tres proyectos de ley
que cursaron en el Congreso de la República: la definición del accidente de
trabajo, la enfermedad profesional y el ingreso base de cotización; la
ampliación de la cobertura para los trabajadores independientes y los
informales; el aumento del porcentaje de la cotización que debe destinar a las
actividades de promoción y prevención la Administradora de Riesgos Laborales; y
el establecimiento de herramientas claras para fortalecer el control a las
empresas que no cumplen con su obligación de afiliar y pagar la cotización de
sus empleados, sostuvo el Subdirector de la Cámara de Riesgos Profesionales del
gremio de las aseguradoras, FASECOLDA.
Esta norma da más facilidad
para la creación de estrategias y acciones para la cumplimiento de la Salud
Ocupacional en los ambientes de trabajo, ya que en adelante se debe implementar
como un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, basado en la
mejora continua de las condiciones y medio ambiente de trabajo, y del bienestar
físico, mental y social de los afiliados.
LA GTC 45
Esta guía proporciona las directrices para
identificar los peligros y valorar los riesgos en seguridad y salud
ocupacional. Es decir, en esta actualización se
suprime el término de ‘Factores de Riesgo’ y se deja únicamente la definición
de los términos ‘Peligro’ y ‘Riesgo’.
En esta norma hubo muchas actualizaciones las
cuales voy a ir identificando con el fin de que quede clara cada definición con
las cuales debemos ir familiarizando cada trabajador y empleador.
Se actualiza el término de
‘Peligros Ergonómicos’ por ‘Peligros Biomecánicos’. Se cambia el listado de
peligros por una matriz de descripción y clasificación para todos los peligros.
Se incluyen peligros del tipo ‘Fenómenos Naturales’, con el fin tener en cuenta
aquellos que tienen una incidencia directa sobre el desarrollo de un trabajo.
Se actualizó el vocabulario, teniendo en cuenta el desarrollo de los sistemas
de gestión y la legislación nacional vigente. Se incluye un nuevo nivel de
valoración dentro de la metodología, es decir, pasa de tener los niveles
‘Alto’, ‘Medio’ y ‘Bajo’, a manejar los niveles de ‘Muy Alto’, ‘Alto’, ‘Medio’
y ‘Bajo’. Se incluye la metodología de evaluación de riesgos, con base en la
norma NTP 330, la cual incluye la definición de un nivel de deficiencia y de
exposición para determinar el nivel de riesgo. Se tiene en cuenta la inclusión
de enfermedades profesionales como un peligro dentro de la matriz de riesgo. El
número de personas expuestas ya no es criterio para definir un grado de
repercusión, este criterio se tiene en cuenta como variable en el momento de
establecer controles a un riesgo ya valorado.
La implementación de la guía
requiere que las personas responsables de dicha actividad tengan un grado
mínimo de conocimiento de los temas de seguridad y salud ocupacional, sin
desconocer que los trabajadores son materia prima en el proceso de
identificación de peligros. Cabe resaltar que la GTC 45 no es un documento
normativo y su implementación es voluntaria, igualmente, las organizaciones podrán
hacer las modificaciones que crean convenientes para adaptar esta metodología a
su operación, sin ningún tipo de restricción o complemento.
Pero hay que tener en cuenta
que la implementación de esta norma en la empresa es muy importante porque es
más fácil identificar los riesgos a los que están expuestos los trabajadores en
sus actividades.